29 octubre 2010

JCE elimina modalidad voto preferencial para elegir diputados

Regula entrega recursos públicos y privados a los partidos
                                                                                                                             
7:55 -. PM Sto. Dgo. *-. La propuesta del presidente de la Junta Central Electoral para la eliminación de la modalidad de voto preferencial utilizado para la elección  de los diputados al Congreso Nacional en las Elecciones   Congresionales  y  Municipales  de los años 2020, 2006 y 2010, cuyos efectos y consecuencias han sido reconocidos como negativos para el sistema de partidos  del país, afectando su democracia interna, fue aprobada este vienes por el Pleno del tribunal de comicios.
Ofrecer  la información,  el   magistrado Roberto Rosario Márquez,  dijo que la resolución aprobada establece la no  utilización de la modalidad de voto preferencial para la escogencia de los diputados y diputadas al Congreso Nacional en representación de los dominicanos residentes en el exterior, en las elecciones que tendrán lugar el tercer domingo del mes de mayo  del año 2012.
La resolución   aprobada por el Pleno de la JCE establece que  “si bien es cierto  que el voto preferencial se ha convertido  en  un elemento que permite la selección de una persona dentro de una lista de candidatos, no  es menos cierto  que los niveles de fraccionamiento a lo interno de las organizaciones políticas se constituye en un riesgo para las mismas, toda vez que la competencia para la nominación, postulación y escogencia de los candidatos a diputados se verifica en una primera instancia, en las primarias para la selección  de los candidatos   y luego en el proceso electoral, frente a los candidatos de otras organizaciones”
Y agrega que “la disposición de la implementación del voto preferencial  ha sido establecida mediante resolución y que al revisar los  efectos de la misma y evaluar los resultados obtenidos en dicha fórmula, llagamos a la conclusión  de que es necesario preservar  a  los  partidos políticos como instituciones cuya función principal  es la agrupación de personas con fines de ostentar la representación de las mayorías y las minorías, siempre garantizando la preservación de estos y con ello la democracia misma”.
La referida disposición toma en cuenta para la adopción de esta medida que como parte de una nueva política en materia de partidos políticos y la regulación de éstos, cursa en el Congreso Nacional  un proyecto de ley que toma en cuenta el sistema para la elección y escogencia de sus candidatos y candidatas,  y que los distintos  actores que participan en la vida política partidaria nacional, han reclamado que la nominación de los candidatos y candidatas sea establecido en función  de la votación obtenida por cada uno de los precandidatos que participen en las primarias internas de sus partidos.
La referida resolución aprobada en la segunda sesión del  nuevo Pleno de la Junta Central Electoral, sometida por el Presidente,  magistrado Roberto Rosario Márquez,  establece que la misma será comunicada de inmediato a todos los partidos y agrupaciones políticas reconocidas  por  la institución así como a las juntas electorales de todo el país y a la ciudadanía en sentido general.
La misma está firmada, además del presidente Rosario Márquez, por los magistrados Rosario Graciano de los Santos, José Ángel Aquino Rodríguez, César Francisco Féliz Féliz y Eddy de Jesús Olivares Ortega, Miembros Titulares de la Junta Central  Electoral.
Reglamenta el uso de los recursos a los partidos políticos
Asimismo, el pleno de la JCE aprobó un Reglamento  Sobre Sistema Contable y Rendición de Cuentas de los Partidos Políticos y  Agrupaciones Políticas Accidentales que obliga a la implementación  de un sistema contable suministrado por el tribunal electoral, el cual se enmarca dentro de los principios  de contabilidad generalmente aceptados y las normas de contabilidad emitidas  por los organismos reguladores del Estado Dominicano.
El doctor Roberto Rosario Márquez, al concluir la segunda sesión del nuevo Pleno de la Junta Central Electoral, dijo que la reglamentación establece que los partidos, movimientos y organizaciones políticas deberán llevar exclusivamente el sistema contable del  órgano electoral, el cual dispone de una estructura contable que permite una clara identificación de las funciones desarrolladas en cada una de las partes que  forman el sistema de contabilidad.
Informó que se formó una comisión integrada por los magistrados Rosario Graciano de los Santos y Eddy de Jesús Olivares Ortega quienes darán la revisión final al documento, el cual se colocará en la página web de la Junta Central Electoral, donde los interesados podrán hacer sugerencias y aportar opiniones, y finalmente se realizará una audiencia con los delegados de los partidos políticos para escuchar sus pareceres al respecto.
Explicó que los partidos políticos de nuevo reconocimiento, antes de recibir la contribución  económica deberán de instalar el sistema contable que la  Junta Central Electoral proporciona a los partidos  para tales fines.
La resolución   establece en su artículo 3 que con el “interés de unificar los criterios de contabilidad de todo el sistema político nacional, a partir de la publicación de este reglamento todas las organizaciones del país tendrán que ajustar sus  sistemas contables al uso de los componentes siguientes:  Diario General, Mayor General, Mayor Auxiliar, Libro de Ingresos, Libro de Control de Banco, Libro de Inventario de los Bienes  Muebles e inmuebles, Formularios  de aprobación  de Desembolsos,   de Orden de Compra, Recibo de Ingresos ( en efectivos y en especies),   de desembolso de Caja Chica,   y otro para la conciliación bancaria. Además de un catálogo de cuentas.
Asimismo establece que la administración del  aporte del Estado deberá contabilizarse separadamente de otras fuentes de recursos en una  cuenta bancaria corriente y los gastos que se realicen tanto  con cargo a esta cuenta como a las demás, deberán tener sus respectivos comprobantes o documentos justificativos, los cuales deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.
De otra parte,  se  obliga a los partidos políticos  a depositar los  informes financieros en la Secretaría General de la Junta Central Electoral a  más tardar  tres meses después de la celebración de las  elecciones  generales  presidenciales, congresionales o municipales. En los años no electorales estos informes deben entregarse a más tardar  el día 16 de marzo del año próximo. La Junta  Central Electoral  no entregará  los  recursos  de financiamiento para los partidos   a aquellas  organizaciones  no entreguen de manera oportuna  estos informes, y que los mismos sean  aprobados   por el tribunal electoral. 
Se considerarán ingresos de los partidos políticos  a las contribuciones económicas del Estado, las cuotas de sus miembros y afiliados, donaciones y aportes  que reciban de sus simpatizantes o terceros y las contribuciones de personas jurídicas nacionales privadas.
En los años no electorales los porcentajes varían, estableciendo un 35 por ciento para las elecciones internas, un 20 por ciento para  capacitación y formación política y un 45 por ciento para  el desenvolvimiento o vida institucional.
El referido reglamento obliga a los partidos  a realizar  compras de bienes y servicios a compañías o casas comerciales reconocidas, que cumplan con los requisitos exigidos por la Dirección General de Impuestos Internos, y deberán informar a la Junta Central Electoral de los compromisos o préstamos  a corto o largo plazo que contraigan   con esas compañías.
La JCE suspenderá la entrega de recursos a los partidos políticos a aquellas organizaciones que reciban contribuciones económicas de organizaciones u organismos no lícitos ante la ley así como a aquellos  partidos que retiren sus candidaturas de las elecciones y no reembolsen  el monto recibido de parte del Estado Dominicano.

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