24 junio 2011

Rafael Alburqueque promulga ley de reforma tributaria

"Es el mismísimo demonio que nos llevara"
En lo adelante, el artículo 297 establece que las personas jurídicas pagarán el 29% de Impuesto Sobre la Renta.
                                                                                                                                                                             
*Según el gobierno, con los gravámenes que entran en vigencia este viernes recaudará RD$9,600 millone.
                                                                                                                                                                                 
08:55 PM - 24 Junio, SANTO DOMINGO *-. El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Reforma Tributaria con la que el gobierno contempla recaudar RD$9,600 millones para aumentar sus ingresos, como,  alega, manda el acuerdo stad by firmado con el Fondo Monetario Internacional, así como para dotar de mayor presupuesto al sector de Educación.
La ley, firmada este viernes por el encargado del Poder Ejecutivo en estos momentos, Rafael Alburqueque, modifica la Ley No.351, de fecha 6 de agosto de 1964 y la la No. 29-06, de febrero  de 2006.
En lo adelante, el artículo 297 del Código Tributario establece que las personas jurídicas domiciliarias en el país pagarán el 29% de Impuesto Sobre la Renta.
Explica que las personas jurídicas son las sociedades de capital, las empresas públicas por sus rentas de naturaleza comercial, las sucesiones indivisas, las sociedades de personas, de hecho y las sociedades irregulares. Este tributo tendrá vigencia de dos años.

También establece un gravamen del 1% anual a los activos de las instituciones financieras, clasificadas como bancos múltiples, asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de ahorros y créditos y corporaciones de créditos. Este impuesto estará vigente por dos años.
Igualmente se modifica el artículo 17 de la Ley 8-90 en lo referente a los requisitos de desempeño relacionados con las exoneraciones arancelarias para que las empresas de zonas francas puedan comercializar bienes y servicios en el mercado local, pero para ello pagarán el arancel establecido para el bien de que se trate.
Asimismo, las zonas francas serán gravadas con el 2.5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta sobre el valor de las ventas brutas realizadas en el mercado local y el Impuesto al Selectivo al Consumo, en caso de que lo hubiera y el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados, conforme a lo establecido en el Código Tributario.
Juegos de azar
La nueva ley de modificación tributaria establece, además, que los casinos con un volumen de mesas de juego en operación comprendidas entre 1 y 15 mesas pagarán mensualmente 32,500 pesos por cada mesa; los de 16 y 35 mesas, RD$37, 500 por cada una de las mesas que excedan la escala anterior y los de 36 mesas en adelante, RD$50,000, por cada una de las mesas que excedan la escala anterior.
Modifica el artículo 36 de la Ley de Rectificación Tributaria No.495-06, por lo que establece en lo adelante, en su artículo 36, un impuesto único de RD$35,000 anuales a las bancas de lotería, así como el de un 1% sobre las ventas u operaciones brutas de esos juegos.
Dice, también, que "las bancas de lotería debidamente autorizadas para dar apertura deberán pagar al Estado, a través de Impuestos Internos, la suma de RD$200 mil por concepto de registro o pago de inicial de operaciones.
Mientras que las bancas de deportivas radicadas en las áreas metropolitanas del Distrito Nacional, provincia Santo Domingo, San Cristóbal, Puerto Plata y La Vega deberán pagar al Estado RD$225,000 anuales. Las restantes radicadas en cualquier punto del país, RD$150,000.
Por la apertura deberán pagar al fisco RD$500,000.
Se establece un impuesto como régimen simplificado para el pago del Impuesto Sobre la Renta de 5% sobre las operaciones o ventas brutas de cada máquina tragamonedas en operación o instalada legalmente.
A la organización de juegos telefónicos y de Internet por el cual el titular de la licencia deberá pagar un 10% mensual sobre la base de sus operaciones o ventas brutas.

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